
Publicado: abril 24, 2025
Tribunal considera que el Gobierno violentó derechos fundamentales
La Sala Constitucional de Costa Rica resolvió que la decisión del presidente Rodrigo Chaves de anular la declaratoria de interés cultural de la Marcha del Orgullo y la Diversidad 2024 fue ejecutada de forma “abrupta”, “arbitraria” y sin respaldo técnico ni jurídico.
Así lo confirma la sentencia integral del recurso de amparo interpuesto en noviembre de 2024, la cual fue acogida por los magistrados y que condena al Estado costarricense por lo que calificaron como una afectación directa y simbólica a la población LGBTIQ, un grupo históricamente vulnerable.
Decisión gubernamental fue sorpresiva y sin fundamento
El fallo del alto tribunal dejó claro que la acción del Ejecutivo no solo fue inesperada, al publicarse un día antes del evento, sino que también violó principios constitucionales, como el respeto a los actos propios de la administración pública y la protección de los derechos humanos.
“Se trató de un uso arbitrario del poder estatal”, indica el texto, al señalar que ya existía un acuerdo ejecutivo firmado por un representante del propio gobierno, respaldando la marcha.
Además, quedó demostrado que hubo una reunión previa en Casa Presidencial entre representantes del Ejecutivo y organizadores del evento, lo que derriba cualquier alegato de desconocimiento.
Sala califica la acción como un acto de discriminación
Para los magistrados, eliminar la declaratoria de forma repentina, sin razones técnicas ni legales, no solo envió un mensaje simbólicamente negativo, sino que constituyó una violación directa a los estándares del sistema interamericano de derechos humanos.
En la resolución se cita la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual establece que ninguna norma, decisión o práctica puede reducir derechos por orientación sexual.
“La intempestiva decisión gubernamental en cuestión se traduce en un acto de discriminación”, concluye la sentencia.
Magistrados coinciden en que se vulneraron principios constitucionales
El magistrado Fernando Castillo Víquez, firmante del fallo junto a sus colegas Fernando Cruz, Ingrid Hess, Luis Salazar, Jorge Araya, Anamari Garro y Aracelly Pacheco, recalcó que la decisión violentó el principio de interdicción de la arbitrariedad, así como el de intangibilidad de los actos administrativos válidos previamente emitidos.
El tribunal recordó que la declaratoria cultural tiene como propósito promover la visibilización, inclusión y sensibilización sobre los derechos de las personas LGBTIQ. Su eliminación sin explicación clara envía un mensaje de exclusión institucionalizada.