La Presidencia de la República guarda silencio ante los cuestionamientos que se han generado tras la publicación del decreto N° 44637 MP, con el cual se instauró un nuevo reglamento para la Unidad Especial de Intervención (UEI), el cual le da más facultades a ese cuerpo policial adscrito al ministerio de la Presidencia.
Desde el pasado jueves crhoy envió varias consultas y solicitudes de información a la oficina de prensa de Casa Presidencial, sin embargo, al cierre de esta nota ni siquiera habían contestado un recibido, por lo que se desconoce si están gestionando lo requerido.
Este medio hizo la petición de explicar los motivos para hacer los cambios en el estatuto de la UEI y detallar los alcances más importantes que se tendrán, pero seguimos sin conocer la posición oficial del gobierno al respecto.
También se solicitó el oficio MP-DMP-OF-2023-0865, del 27 de octubre de 2023, firmado por la entonces ministra de la presidencia, Natalia Díaz Quintana; y el informe MJP-DM-SC-051-2023 del 1 de noviembre de 2023, avalado por el Ministerio de Justicia, liderado por Gerald Campos Valverde; al igual que el oficio MIDEPLAN-DM-OF-2072-2023 del 12 de diciembre de 2023.
Los documentos se tomaron en cuenta para la reorganización administrativa y creación del nuevo reglamento de la UEI, por lo que son clave para entender la idea que estaba plasmando el gobierno desde que se gestó este proyecto.
De momento, ninguno de esos tres oficios ha sido facilitados por Presidencia, pese a que son registros de acceso público.
El nuevo reglamento empezó a regir desde el pasado jueves 21 de noviembre, cuando se publicó el decreto en el diario oficial La Gaceta, mismo que fue firmado por el presidente Rodrigo Chaves Robles y la ministra Laura Fernández Delgado.
Con la reforma parcial al reglamento de organización y funcionamiento de la UEI, se amplía las potestades de la entidad, incluyendo ahora dependencias específicas y solo una oficina de operaciones que encerraba el trabajo de todas las unidades.
Nuevas competencias
Uno de los principales ajustes tiene que ver con la conformación de la dependencia denominada “Inteligencia Táctica”, adscrita al Departamento de Operaciones, la cual tendrá facultades de investigación a pedido del director general de la UEI (nombrado por el presidente de la República).
En el decreto de reglamento se estipulan 8 tareas y competencias encomendadas a esta dependencia, las cuales hasta entonces no existían o, al menos, no estaban oficializadas.
Una de las más cuestionadas es que ese departamento tendrá potestades de planificación, supervisión y participación en operativos policiales (allanamientos, vigilancias especiales por motivo de narcotráfico y terrorismo, operaciones encubiertas y de montaña, protección de jerarcas, entre otros).
Otra instrucción asignada al departamento de Operaciones establece que se deben acatar y ejecutar “las directrices y órdenes emitidas por el director o subdirector de la UEI o, en su defecto, las indicadas por el presidente de la República (Chaves) y la ministra de la Presidencia (Fernández)”. Es decir, el mandatario tendrá la posibilidad de girar directrices u órdenes al departamento operativo del cuerpo policial.
El decreto también obliga a que los funcionarios del departamento de Operaciones acaten y ejecuten directrices (y órdenes) giradas por el propio presidente de la República, según se define en el artículo 9 del reglamento sobre las competencias del departamento de Operaciones de la UEI.
Además, según ese mismo artículo, esta oficina deberá “atender y resolver las solicitudes y consultas técnico-tácticas y administrativas” que sean presentadas por el presidente de la República, el jerarca del Ministerio de la Presidencia o las demás jerarquías de la UEI.
Grados policiales a discreción
Unidad Especial de Intervención (UEI) / Unidad de Protección Presidencial (UPP).
También autoriza al presidente y su ministro (a) a otorgar grados policiales a discreción, a las jefaturas de los nuevos departamentos.
Así queda expuesto en Capítulo I de Escalafón Policial y Disposiciones Finales, relacionado con “Escalas jerárquicas, grados policiales y ascensos” del Decreto N° 44637 MP, con el cual se elimina el estatuto que estaba vigente desde el 27 de julio del 2005.
“En todo caso el Presidente de la República y el Ministro de la Presidencia de manera discrecional podrán otorgar el rango policial correspondiente vía Acuerdo Ejecutivo según la urgencia y la necesidad que posea la institución, en aras de garantizar la continuidad del servicio público”, dice el decreto firmado por el presidente y su ministra.
Esto abre el portillo para que el mandatario pueda otorgarle el rango policial que desee al actual director Jeffrey Cerdas Lobo.
El funcionario fue nombrado en el cargo el 27 de julio del 2022, sin cumplir con los requisitos que exigía la ley para liderar el grupo policial de Presidencia. Según consta en el currículum que adjuntó a Casa Presidencial, no contaba con el rango de comisionado o comandante requerido para ser director de la UEI.
El documento publicado en el diario oficial La Gaceta este jueves 21 de noviembre, expone que el presidente tiene la potestad de otorgar esos títulos de forma discrecional, por lo que no tendría ningún inconveniente otorgarle el grado policial que requiera para cumplir con los atestados que exige el puesto.
Pese a ser un puesto de confianza, la Procuraduría General de la República (PGR), basada en la Ley General de Policía, señala que los cargos de director y subdirector de los cuerpos policiales deben ser ocupados por personal que cuente con los grados policiales mínimos de comisionados y comandantes, mismos que no ostentaba Cerdas al ser nombrado.
Según los dictámenes C-239-2014 y C- 171-2021 de la PGR, emitidos tras consultas anteriores de otros jerarcas, aclaran que es obligatorio contar con los rangos mencionados para ocupar el cargo que ostenta Cerdas.
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Carlos Castro