Poder Judicial de Costa Rica

Corte Plena emite informe sobre proyecto de ley contra crimen organizado

Este jueves en sesión extraordinaria de Corte Plena, se aprobó, por unanimidad, el informe a la consulta remitida por la Asamblea Legislativa, al proyecto de ley sobre crimen organizado, número 23.090.

 El estudio estuvo a cargo de la magistrada instructora de la Sala de Casación Penal, Sandra Zúñiga Morales.

 “El proyecto 23090 sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, sin embargo, dejando constancia de que el Poder Judicial no se opone de ninguna forma a este proyecto.  Por el contrario, se estima conveniente para una implementación adecuada de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada.”, puntualizó la magistrada Zúñiga Morales.

 Se aclaró que el proyecto de este expediente legislativo ya había venido a consulta en octubre de 2022 a Corte Plena, reiterándose como se había indicado en esa ocasión, que: (i) el mismo sí incidía en la organización y funcionamiento de la institución. (ii) Se mencionaron algunos de los argumentos por los cuales se mantenía ese criterio, entre ellos, una diversa regulación en la edad de ingreso de las personas juzgadoras a la Jurisdicción Especializada; una determinación más clara de los procesos de nombramiento a cargo de las jefaturas; y entre otros, el establecimiento de medidas administrativas, de cara a las denuncias que se originen en procesos disciplinarios o penales, contra las personas funcionarias que integren la Jurisdicción Especializada. (iii) representa una mejora integral a la actual Ley 9481 que establece la creación de una Jurisdicción Especializada, para hacer frente a los procesos cada  vez más complejos y violentos de crimen organizado, sin renunciar a la vía ordinaria para la investigación y juzgamiento de otras causas de delincuencia organizada, que no revisten esa complejidad.

 Lo anterior, porque la consulta institucional ahora formulada por la Asamblea Legislativa, para conocer del proyecto con las mociones realizadas por el plenario parlamentario, se referían únicamente a dos aspectos: Un cambio en la denominación del proyecto, adicionando la alusión a la Ley Orgánica del Poder Judicial y suprimiendo la mención a la Ley de Fortalecimiento de Delincuencia Organizada; propuesta lógica y pertinente, pues se corresponde con el contenido del proyecto. Y el segundo aspecto, consiste en la eliminación de un artículo del Proyecto relativo a un transitorio para iniciar labores de la nueva jurisdicción en el mes de noviembre de 2022; que también había perdido actualidad y sentido.

 Esta es una consulta que establece la Constitución Política, en el artículo 167, que dispone: “Para la discusión y aprobación de proyectos de ley que se refieran a la organización o funcionamiento del Poder Judicial, deberá la Asamblea Legislativa consultar a la Corte Suprema de Justicia; para apartarse del criterio de ésta, se requerirá el voto de las dos terceras partes del total de los miembros de la Asamblea”, de ahí la competencia para emitir dicho tipo de informe.

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