Costa Rica corre el riesgo de quedarse sin conexión a Internet por el Mar Caribe por medio del enlace submarino del Cable Maya, que ingresa por la provincia de Limón.
La razón es que el consorcio internacional del que forma parte el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) establece que su duración sería de 25 años, periodo que vencerá el próximo 21 de octubre del 2025, es decir, en menos de un año.
Es por ello que el ICE y las partes que conforman el consorcio ya deberían de haber pedido la prórroga correspondiente, la cual sería solicitada con al menos 18 meses de anticipación, según lo establece la Ley General de Telecomunicaciones y a la fecha esa solicitud no se ha realizado.
La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) señaló que los contratos y sus prórrogas, conforme lo dispone la Ley Nº 7832, le corresponde otorgarlos al Poder Ejecutivo.
“La Sutel no ha recibido ninguna instrucción por parte del Micitt para brindar el criterio técnico en relación con la posible prórroga para la operación de este cable submarino conforme lo establece la citada ley”, respondió el ente regulador.
Consultado al respecto, el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) contestó que “conforme a la normativa vigente, la facultad del Poder Ejecutivo comprende la autorización de las rutas de cable submarino, una vez autorizados son los desarrolladores los obligados mantener la operación conforme la autorización otorgada por el periodo correspondiente.
Por lo que cualquier gestión para prorrogarla de conformidad al Artículo 1 de la Ley Nº 7832 es facultad del interesado. Es decir, la autorización se tramita a instancia de parte. A la fecha, Micitt no ha recibido ninguna solicitud de prórroga referida a dicho cable”.
Mientras, se está a la espera de la respuesta a la consulta que se envió al ICE sobre la situación, en vista de que la legislación que autoriza anclaje y paso de cables submarinos por mar territorial se dictó con anterioridad a la Ley General de Telecomunicaciones Nº 8642 y se le dio la autorización al ICE para internar cable en el país, por lo que técnicamente la entidad estatal sería la interesada en obtener la prórroga.
En aquella oportunidad en el año 2000 cuando se inauguró el proyecto que tuvo un costo total de $207 millones, el ICE aportó $10 millones.
El sistema es capaz de transmitir 95 Gbps y tiene 4.323 kilómetros de longitud, desde su punto de partida en Florida, Estados Unidos y recorre todo el Caribe, con anclajes en Cancún, México; Gran Caimán, Islas Caimán; Puerto Cortés, Honduras; Puerto Limón; María Chiquita, Panamá y Tolú, Colombia.
Fibra óptica
Lo que dice la ley
A la normativa a la que hacen referencia Sutel y Micitt es a la Ley Nº 7832 Autorización para el paso de cables submarinos por el mar territorial y para el anclaje en el territorio nacional, que en su primer artículo indica lo siguiente:
Artículo 1.- Autorizase el paso y anclaje de cables para telecomunicaciones internacionales, en el suelo o el subsuelo marítimos de las zonas permanentemente cubiertas por el mar, sobre las cuales el Estado posee jurisdicción, según el artículo 6 de la Constitución Política. Asimismo, se autoriza que tales cables tomen tierra firme, atravesando la zona marítimo-terrestre hasta conectarse a la red nacional de telecomunicaciones, por medio de la estación de anclaje correspondiente. El plazo máximo de la autorización será de veinticinco años y podrá prorrogarse hasta por otro igual según acuerdo de las partes contratantes. Cumplido el término del contrato, la autorización caduca de pleno derecho y el Estado adquiere la propiedad sobre el cable y las obras complementarias tanto en el territorio nacional como en el mar territorial. En estos casos, corresponde al Poder Ejecutivo determinar si continúa explotándolos, los vende o los suprime.Mientras que la Ley General de Telecomunicaciones, sobre las extensiones, manifiesta:
Artículo 24.-Plazos y prórroga
El plazo y la prórroga de las concesiones y autorizaciones se regirá de la siguiente manera:
a) Las concesiones de frecuencias para la operación y explotación de redes públicas de telecomunicaciones se otorgarán por un período máximo de quince años, prorrogable a solicitud de parte, hasta por un período que sumado con el inicial y el de las prórrogas anteriores no exceda veinticinco años. La solicitud de prórroga deberá ser presentada por lo menos dieciocho meses antes de su expiración. b) Las autorizaciones se otorgarán por un período máximo de diez años, prorrogable a solicitud de parte, por períodos de cinco años, hasta un máximo de tres prórrogas. La solicitud de prórroga deberá ser presentada por lo menos seis meses antes de su expiración.
De acuerdo con la normativa vigente, Sutel debe elaborar un informe técnico, pero las partes deben acudir a solicitar la prórroga al Micitt.
Sin embargo, de acuerdo con lo manifestado por ambas instituciones, a la fecha no se ha tramitado ningún expediente al respecto, lo que siembra la inseguridad jurídica sobre la conexión al Cable Maya, ya que de existir interés, el trámite y habría empezado.
Criterio de experto
En medio de una sociedad hiperconectada, los enlaces a Internet son críticos en la actualidad.
Si bien hay otras alternativas de conexión en el mercado nacional, cuanto más ancho de banda disponible y redundancia existan, más condiciones hay para optimizar la conectividad.
Juan Manuel Campos Ávila, abogado experto en materia de telecomunicaciones y director de Ciber Regulación, emitió su criterio sobre la situación.
El 20 de octubre del año 1998 entró en vigor la Ley 7832 que autorizó el Anclaje y Paso de Cables Submarinos por Mar Territorial; gracias a esa legislación el Instituto Costarricense de Electricidad formó junto con otros operadores, un consorcio internacional que conectó a Costa Rica con fibras ópticas directamente a Estados Unidos. De conformidad con esa ley, los plazos de explotación autorizados (para el ICE, en este caso) vencerán en octubre del año próximo.La ley en mención estableció en su artículo primero lo siguiente:El plazo máximo de la autorización será de veinticinco años y podrá prorrogarse hasta por otro igual según acuerdo de las partes contratantes. Cumplido el término del contrato, la autorización caduca de pleno derecho y el Estado adquiere la propiedad sobre el cable y las obras complementarias tanto en el territorio nacional como en el mar territorial. En estos casos, corresponde al Poder Ejecutivo determinar si continúa explotándolos, los vende o los suprime.Dado que el consorció inició operaciones el 22 de octubre del año 2000, quedan menos de once meses para que los equipos pasen a manos del Estado, dado que según información que tiene el suscrito, el ICE ha manifestado su decisión de no prorrogar su permanencia en el consorcio internacional.El tema cobra relevancia por cuanto esa salida internacional para Internet es de las más importantes con las que cuenta el país y dado que no se pidió la prórroga de la autorización que establece la ley, tenemos que nuestras salidas internacionales se reducen a las salidas terrestres por Nicaragua y Panamá , y el cable submarino con el que Cirion llega al país por el Pacífico, con serios problemas de latencia y el nuevo cable de América Móvil (AMX1) que fue inaugurado para Costa Rica en noviembre del 2022.Las salidas internacionales son tremendamente importantes para el país porque garantizan estabilidad de comunicaciones y son lo suficientemente robustas para sostener el parque empresarial que ha visto a nuestro país como su sede de desarrollo de negocios.Es importante entonces que tengamos presente cualquier posible contingencia con la salida en operación del consorcio Maya para el año entrante.
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Erick Murillo