Franz Tattenbach Capra, ministro del Minae, compareció este 21 de enero ante la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa. CRH/Captura de pantalla
Franz Tattenbach Capra, ministro de Ambiente y Energía, compareció ante la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa para referirse a la delimitación del Refugio de Vida Silvestre Mixto (Regama), en Puerto Viejo de Talamanca, Limón, en cumplimiento de una sentencia de la Sala Constitucional.
El jerarca estaba citado para comparecer el 14 de enero, pero estaba fuera del país atendiendo la Asamblea General de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena, por las siglas en inglés), en Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos (EAU).
Tattenbach alegó que existe una investigación judicial en curso para evitar referirse a la omisión del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) sobre la existencia de un estero para autorizar la corta de 29 árboles en la propiedad de Playa Manzanillo S.A., vinculada a un empresario de apellidos Pacheco Dent, quien tiene relación con el gobierno de Rodrigo Chaves Robles.
Un oficio firmado por Tattenbach confirmó que el Sinac omitió un informe de 2006 que ratificó la presencia de un cuerpo de agua, calificado como río-estero, en la finca situada a la par de la propiedad donde se autorizó al empresario talar 29 árboles de diferentes especies para dar paso a un camino que formaría parte de un proyecto urbanístico.
Por estos hechos, la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental y la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) investigan si en la tramitación de permisos de aprovechamiento forestal otorgados al empresario se cometieron presuntos delitos falsedad ideológica, cambio de uso de territorio de bosque, apertura de trocha en terrenos con bosque y drenaje de humedal, y un posible tráfico de influencias por parte de Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República, por las reuniones que sostuvo con Pacheco en Casa Presidencial.
Tattenbach contestó, mediante el documento DM-964-2024, con fecha del 23 de octubre de 2024, al diputado Ariel Robles Barrantes, del Frente Amplio (FA), que dicha información era de acceso abierto al público desde hace 18 años. Sin embargo, el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC) del Sinac no la tomó en cuenta a la hora de gestionar los permisos que se otorgaron al empresario.
“Ese proceso está judicializado. No me voy a referir a eso”, respondió Tattenbach, ante una consulta efectuada por el diputado Robles referente a por qué se omitió la presencia del estero al momento de dar los permisos de tala en la propiedad en cuestión.
El Ministerio Público sostiene que el aval dado por el Sinac para la tala de árboles en la propiedad de Playa Manzanillo S.A. versó sobre una porción de terreno que se ubica entre las 188 hectáreas que deben ser recuperadas por el Minae y el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) en acatamiento a lo dispuesto desde 2019 por la Sala Constitucional.
La audiencia de este martes tuvo momentos álgidos por la presencia de vecinos del Caribe Sur en la barra del público, quienes mostraron descontento con las intervenciones de Tattenbach. El jerarca lució incómodo y hasta dijo que las manifestaciones de los ciudadanos no lo dejaban escuchar a los legisladores.
Humedal-estero existente en la propiedad bajo investigación. Sinac
Cumplimiento de sentencia
El 10 de enero pasado, el Minae y el Sinac anunciaron que solicitarán aclaraciones tras ser notificados de la resolución de la Sala Constitucional ante la sentencia que ordena la delimitación de 188 hectáreas de bosque en el Regama.
La cartera gubernamental indicó ese día que fueron notificados del fallo del tribunal constitucional dictado el 10 de setiembre de 2024 y que, a partir de esto, solicitarán las aclaraciones “pertinentes” y que una vez que la “procederá a trabajar con el equipo técnico, robusto y capaz que se tiene preparado, para coordinar, de manera articulada y avanzar con el primer informe que se presentará a la Sala Constitucional, conforme a la fecha que indica la sentencia”. Para eso contratarán a una empresa externa que se encargue de la evaluación de los informes.
Según la resolución, ambas instituciones tendrán 1 mes para elaborar un inventario de los terrenos privados en los que existan áreas de bosque en las zonas aledañas Regama en cumplimiento con una resolución dictada el 10 de setiembre de 2024 por la Sala Constitucional.
El tribunal estableció en el fallo de setiembre pasado que la delimitación exige el levantamiento en un documento formal en el que establezca el perímetro, la ubicación y cuál área es pública y cuál no. En los casos en que alguna parte de las 188 hectáreas sean parte del Regama, sean recuperadas por el Estado a través del Instituto Nacional de Desarrollo Rural (Inder) y la Procuraduría General de la República (PGR).
El 10 de setiembre de 2024, la Sala Constitucional acogió la gestión de desobediencia presentada por el activista Marco Levi Virgo, de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL), ante la sentencia que ordena la delimitación de las 188 hectáreas de bosque en Gandoca, Manzanillo.
Levi acudió ante la Sala IV por el incumplimiento de la sentencia 2019-012745.
Así las cosas, el Tribunal Constitucional ordenó a David Chavarría Morales, director ejecutivo del Sinac, y al ministro Tattenbach, a que dispongan lo necesario, coordinen lo pertinente y tomen las medidas que correspondan dentro del ámbito de sus competencias respectivas, para que, de inmediato, tal resolución sea acatada.
Además, Chavarría y Tattenbach, deberán remitir informes mensuales a este expediente sobre el cumplimiento de lo aquí dispuesto.
Iván Vinicio Vincenti Rojas, en condición de procurador General de la República, debe coordinar y tomar medidas, para que, una vez que el Sinac delimite el área correspondiente, en conjunto con esa institución se ejerzan las acciones legales pertinentes en defensa del patrimonio público.
Asimismo, se le advirtió a Chavarría Morales, a Tattenbach Capra y a Vincenti Rojas, que en caso de incumplimiento de lo ordenado se les podrá seguir causa por el delito de desobediencia a la autoridad regulado en el Artículo 314 del Código Penal.
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Pablo Rojas