Rodrigo Chaves, presidente de la República, ignoró los diferentes cuestionamientos que acumula Marta Esquivel, y la nombró hoy como jerarca del Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán).
Cabe recordar que Esquivel Rodríguez está siendo investigada por el caso Barrenador y de hecho fue suspendida del cargo por 6 meses.
Sin embargo, con la designación realizada este miércoles, la expresidenta de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), de inmediato adquiere inmunidad ante la justicia.
Así se establece en la Constitución Política, el Código Procesal Penal y lo explica un abogado.
A partir de que se establece quién es un miembro de los Supremos Poderes, la Carta Magna en su artículo 143, determina las reglas, prohibiciones y sanciones, que se detalla a continuación.
“La función del Ministro es incompatible con el ejercicio de todo otro cargo público, sea o no de elección popular, salvo el caso de que leyes especiales les recarguen funciones. Son aplicables a los ministros las reglas, prohibiciones y sanciones establecidas en los artículos 110, 111 y 112 de esta Constitución, en lo conducente.
El diputado tiene inmunidad o irresponsabilidad por las opiniones que emita”, explicó el abogado Cristian Arguedas.
Artículo 110.-El Diputado no es responsable por las opiniones que emita en la Asamblea. Durante las sesiones no podrá ser arrestado por causa civil, salvo autorización de la Asamblea o que el Diputado lo consienta.
Desde que sea declarado electo propietario o suplente, hasta que termine su período legal, no podrá ser privado de su libertad por motivo penal, sino cuando previamente haya sido suspendido por la Asamblea. Esta inmunidad no surte efecto en el caso de flagrante delito, o cuando el Diputado la renuncie. Sin embargo, el Diputado que haya sido detenido por flagrante delito, será puesto en libertad si la Asamblea lo ordenare.
En este caso, a los ministros se les aplica la misma regla que a los diputados, según lo establecido en el artículo 143.
Por lo tanto, a Marta Esquivel el procedimiento actual por el caso Barrenador ya no le aplicaría, sino que tendría que ser bajo el juzgamiento de los Supremos Poderes. El cual se establece a partir del artículo 391 del Código Procesal Penal.
Artículo 391.- Disposiciones aplicables
El juzgamiento de los miembros de los Supremos Poderes y de los funcionarios respecto de quienes la Constitución Política exige que la Asamblea Legislativa autorice su juzgamiento para que puedan ser sometidos a proceso penal, se regirá por las disposiciones comunes, salvo las que se establecen en este Capítulo.
¿Cuál es ese procedimiento? “Todas las actuaciones se pasan para que las lleve el fiscal general”, detalló Arguedas.
Agrega que el fiscal general es quien tiene que presentar la acusación ante la Corte Suprema de Justicia, así como se establece a partir del artículo 394 del Código Procesal Penal.
Artículo 394.- Investigación inicial
Cuando el Ministerio Público tenga noticia o se formule denuncia por un presunto delito, atribuido a alguna de las personas sujetas a antejuicio, el Fiscal General practicará la investigación inicial tendente a recabar los datos indispensables para formular la acusación o solicitar la desestimación ante la Corte Suprema de Justicia, según corresponda.
Una vez presentada la acusación, es la Corte quien determinará si hay posibilidad de delito o no.
Artículo 395.- Traslado de la acusación
Presentada la querella o la acusación ante la Corte Suprema de Justicia, será desestimada por la Corte si los hechos acusados no constituyen delito o cuando el imputado no tiene derecho de antejuicio. En caso contrario la trasladará a la Asamblea Legislativa.
Si hay una acción ilícita, se traslada el caso al Plenario para que le levanten la inmunidad como se indica en el artículo 110 de la Constitución.
En el escenario donde el Congreso autoriza el levantamiento, se aplica lo estipulado en el artículo 397 del Código Procesal Penal. Donde se pone todo a la orden de la sala de casación penal.
Artículo 397.- Autorización de la prosecución del proceso
Si la Asamblea Legislativa autoriza la prosecución del proceso, los detenidos, si existen, serán puestos a la orden de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a la cual le corresponde juzgar a las personas a que se refiere este Título. Esa Sala deberá pronunciarse, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción del expediente, si mantiene la prisión preventiva o la sustituye por alguna de las restantes medidas cautelares.
En todo caso, una vez autorizado el juzgamiento por la Asamblea Legislativa, la Sala Penal podrá decretar cualquiera de las medidas cautelares, si lo estima procedente.
“Usualmente eso nunca pasa. En casos de funcionarios que están en puesto y que se les abre una investigación, el plazo de prescripción ni siquiera ha empezado a correr”, explicó Arguedas.
“Se esperan que dejen el cargo para que el caso pase a la jurisdicción ordinaria“, finalizó el jurista.
Paso de Esquivel
Esquivel inició como ministra de Trabajo y en setiembre de 2022 fue nombrada como presidenta ejecutiva de la Caja, donde su gestión incluso tuvo que ser suspendida por parte de un juez de la República.
La Junta Directiva de la CCSS, liderada por Esquivel, aprobó la adjudicación de 10 Áreas de Salud a terceros, pese a que múltiples informes alertaban de sobreprecios de hasta ¢12.400 millones anuales. Por el denominado caso Barrenador, Esquivel está siendo investigada por presunto tráfico de influencias e influencia en contra de la Hacienda Pública.
Por este caso, fue detenida en Pérez Zeledón y culminó en la suspensión del cargo por un periodo de 6 meses.
Otro cuestionamiento que marca el paso de Esquivel como parte de la administración Chaves Robles es el sobresalario que recibió durante más de 1 año. Esquivel estuvo recibiendo un salario mensual de ₡7.158.848, cuando debía percibir ₡5.565.000, es decir, recibió cada mes ₡1.593.848 de más.
Desde los inicios de su gestión en la CCSS, Esquivel demostró interés en detener la construcción del hospital de Cartago, tan es así que votó en contra de la adjudicación de una empresa mexicana para la obra, pero aun así se adjudicó.
Sorpresivamente, ella leyó ante los directivos una nota donde se indicaba que la empresa retiraba su oferta por la situación económica del país. “El tema de esa licitación queda totalmente cerrado”, aseguró Esquivel en esa ocasión.
La nueva ministra de Planificación también se vio envuelta en un “maquillaje” de informes actuariales que derivó en la suspensión del portafolio de inversiones. Un asesor de Esquivel, por orden de ella, cambió los informes, dejando a la institución “quebrada” y la CGR presentó una denuncia en contra de la presidenta ante la Fiscalía.
Para la suspensión del portafolio se argumentó gravedad financiera y posible quiebre de la CCSS.
En el entendido de que nuestra preocupación máxima es la sostenibilidad financiera de la decisión, tomamos esta dura decisión. No es fácil, hay mucha gente que tiene esperanzas en que se construyan edificaciones en sus comunidades, pero bueno, no es que no se vayan a hacer, se va a atrasar algunos de los procesos, se va a revalorar algunos otros, sobre todo el tema de los hospitales a nivel central, dijo Esquivel para excusarse de su decisión en marzo del 2023.
Además, en junio de 2023 ingresó a un quirófano para hacer un TikTok mientras un paciente recibía un trasplante. Esto generó un sin número de cuestionamientos, ya que no se contaba con el consentimiento del paciente.
Pese a que Esquivel prometió que bajaría las listas de espera por medio de un fracasado plan, no lo logró. Es más, el órgano auditor de la CCSS aseguró que las metas no cumplieron con sus propios plazos. La “Ruta de la Salud” contaba con 38 metas y 10 fueron incumplidas, 19 se encontraban en proceso y 9 fueron “razonablemente cumplidas”.
Proceso entorpecido
De acuerdo con Gustavo Araya, politólogo, esta situación podría entorpecer el proceso judicial en contra de Esquivel.
Hay que analizar el hecho de que cabe la posibilidad de que la investigación que se está siguiendo en contra doña Marta Esquivel, por el caso de corrupción Barrenador, sea un tema que abandone el procedimiento ordinario y tenga que asumirse un procedimiento especial.
En caso de que tenga que rendirse un acusatorio, en su caso tendría que ir a la Asamblea Legislativa para levantarle el fuero. De alguna manera complica o trata de blindar de alguna manera a la señora Esquivel.
Esto es una clara movida para entorpecer el proceso judicial y para entorpecer también los procesos de investigación en torno al caso en donde ella sea una figura clave para todo su desenvolvimiento.
Llama la atención porque don Rodrigo Chaves y doña Pilar Cisneros, entre otras figuras del Chavismo, han acusado a otras figuras del ámbito político de tomar jugarretas o medidas que permite el ordenamiento jurídico para postergar o para interrumpir los procesos de investigación y los procesos judiciales en términos generales. No es nada distinto de lo que han criticado de casos de corrupción por los cuales la justicia de Costa Rica no se torna una justicia pronta y cumplica.
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Ambar Segura