
Publicado: marzo 15, 2025
El acoso escolar sigue siendo un problema latente en las aulas costarricenses y, en algunos casos, la desesperación de los padres por proteger a sus hijos los lleva a tomar medidas extremas. Tal fue el caso de una mujer que ingresó sin autorización al Colegio Roberto Gamboa, en San Rafael Abajo de Desamparados, para confrontar a una estudiante que, según denuncias previas, acosaba a su hija.
¿Qué implicaciones legales podría enfrentar la madre?
Si bien la intención de la mujer era defender a su hija, su reacción podría acarrearle consecuencias legales, ya que su acción no solo generó una alteración dentro del centro educativo, sino que también implicó daños materiales y una posible agresión contra una menor de edad.
Desde el punto de vista legal, estos son algunos de los delitos y faltas que podrían imputársele según la legislación costarricense:
1. Violación de domicilio o propiedad privada (Artículo 217 del Código Penal)
• Ingresar sin autorización a una propiedad privada (como un colegio) podría considerarse una violación de domicilio, un delito sancionado con hasta tres años de prisión.
2. Daños a la propiedad ajena (Artículo 228 del Código Penal)
• Al destruir el celular de la estudiante, la madre incurrió en un daño material que puede ser denunciado por la familia de la menor. Este delito puede ser sancionado con multas o prisión de hasta dos años, dependiendo del valor del objeto dañado.
3. Posible agresión o amenaza contra una menor de edad (Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres y Código Penal)
• Si la acción de la madre es interpretada como una agresión verbal o física contra la estudiante, podría ser investigada por abuso de autoridad o incluso intimidación.
4. Alteración del orden en un centro educativo (Reglamento Educativo y Código Penal)
• Los colegios deben garantizar la seguridad de los estudiantes y el personal. La irrupción violenta de una persona ajena al centro puede ser considerada una falta grave que implique sanciones administrativas o incluso una denuncia ante las autoridades judiciales.
¿Cómo pudo haberse manejado la situación legalmente?
Aunque la frustración y la impotencia llevaron a esta madre a actuar impulsivamente, la vía correcta para abordar el bullying es a través de los mecanismos establecidos por la Ley 8995 contra el Acoso Escolar en Costa Rica. Esta legislación establece que:
• Los centros educativos tienen la obligación de atender y sancionar el bullying, por lo que la madre pudo insistir en una denuncia formal ante el Ministerio de Educación Pública (MEP).
• Si la institución no actuaba, podía acudir a instancias como el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) o la Defensoría de los Habitantes.
• Si el acoso persistía y causaba daño psicológico o físico a su hija, podía presentar una denuncia en el Ministerio Público.
Conclusión: un caso que abre debate
El caso ha generado diversas reacciones en la sociedad. Mientras algunos defienden la reacción de la madre como un acto desesperado para proteger a su hija, otros argumentan que la violencia no es la solución y que existen procedimientos legales para denunciar el bullying de manera efectiva.
Ahora, las autoridades deben determinar si la madre enfrentará acciones legales por su conducta, mientras que el caso de bullying en la institución sigue bajo análisis.
Este incidente deja en evidencia la necesidad de reforzar las medidas contra el acoso escolar y garantizar que las víctimas reciban el apoyo necesario sin que sus familias sientan que deben actuar por cuenta propia.