Hace pocos días la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Marco de Acceso a la Información Pública. Era una necesidad una Ley de este tipo, independientemente de si nos parece o no en toda su extensión. Pero, era una necesidad como extensión de los derechos y libertades que tenemos los costarricenses.
La ley aprobada establece tres tipos de sanciones a los funcionarios públicos que se nieguen a dar la información que se les solicite o que incumplan en la entrega de la información pública que se les pide.
Las sanciones establecidas son leves, levísimas a mi manera de ver: apercibimiento oral, llamada de atención de otra manera dicho, para la primera vez que niegue la información; suspensión de tres días sin goce de salario cuando acumula cuatro o más incumplimientos por año de dar información y, suspensión de 3 a 5 días por faltas graves que lleguen a afectar derechos legítimos, cuando personalmente la falta de información pueda ocasionar daño o perjuicio a la persona solicitante; o cuando afecte interés público o la seguridad pública.
Las sanciones en términos generales, en sus respectivas categorías deben ser ejemplarizantes, para que quien las reciba sepa o aprenda que no debe volver a provocar la causa de la sanción.
La Ley aprobada supone y parte de que todas las personas, físicas, como usted querido lector, o como yo, y las jurídicas, las organizaciones y sociedades en términos generales, tenemos un derecho a solicitar información, de manera oral o escrita. De ello resulta un derecho a la información, un derecho a ser informado por parte de la institución, organismo o funcionario público al que se le solicita la información. Importante, es que la información que se solicita no hay que justificarla en la necesidad de lo que se pide.
Hay que saber distinguir la información oficial, de acceso público, de la que es sensible por sus datos, por ser confidencial, o en extremo por considerarse secreto de estado.
Aspecto importante de la Ley aprobada es que la solicitud de la información es totalmente gratuita. No hay que pagar por ella, por solicitarla, salvo que la información pedida se acompañe de documentos que deban ser reproducidos o copiados lo que correría a cuenta del solicitante o peticionario.
La Ley establece que el funcionario, la autoridad pública, o institución, tiene diez días hábiles, que se convierten en dos semanas, para entregar la información solicitada. Si se extendiera el plazo éste debe justificarse.
En esta materia queda absolutamente prohibido negar la información por motivos de discriminación.
La Ley aprobada se inscribe también en el marco que hoy tiende a regular la transparencia, tan necesaria, en la función pública, especialmente la transparencia con que deben desempeñarse en el ejercicio del Gobierno, sus ministerios e instituciones y de los funcionarios a su cargo.
Afectados en estas solicitudes de información generalmente, y en mayor grado, son los periodistas, los medios de comunicación social, gestores de opinión pública, investigadores académicos y sociales, entre otros.
El Estado de la Nación es un proyecto académico, de las universidades públicas, que realiza anualmente un balance del país, con base al análisis de las fuentes oficiales y públicas que generan información sobre el desarrollo institucional, económico, político, médico o de salud, educativo, de todos los órdenes sociales, con gran rigurosidad, credibilidad, bien ganada en los resultados que publican, y con gran reconocimiento nacional e internacional. Pues bien, a este grupo de investigación las autoridades del Ministerio de Educación Pública le negaron información por casi cinco meses, datos para elaborar su Décimo Informe sobre el Estado de la Educación actual, de gran importancia por el desorden, caos, falta de visión y ruta de la educación nacional que se quiere impulsar por el actual gobierno. Este Ministerio, que parece más un MISTERIO, no publica cuál es la “ruta de la educación”, que la Ministra Müller solo tiene en su cabeza, y que ha dicho que en el 2025 la dirá…¿ya para qué, cuando su gobierno está terminando y está enredado en la campaña electoral? ¿O será que usará toda la fuerza de la institucionalidad retenida para soltarla con fines electorales hacia la campaña electoral del 2026?
Desde el año 2022, bajo este gobierno de Rodrigo Chaves, la Sala Constitucional de la República, encargada de velar por los derechos y libertades ciudadanas, ha resuelto 1.178 peticiones, por la vía del Recurso de Amparo, a favor de ciudadanos y organizaciones por peticiones hechas, por la violación que les han causado de negarles información. Sin terminar el año aún vamos, en este período de menos de tres años de gobierno, casi a dos fallos judiciales contra las autoridades y funcionarios públicos del gobierno de Rodrigo Chaves, que se niegan a rendir la información.
Es el gobierno del ocultamiento de la información. ¿Por qué será? ¿Necesitan alterarla, ponerle perfume y cosméticos? ¿Necesitan tapar su desastre administrativo, su falta de planes y de rutas claras en las acciones institucionales?
La única ruta clara y conocida públicamente es la de las narco organizaciones criminales que operan en el país, que ha hecho que a Costa Rica se le reconozca como un Narco Estado. Poco falta para que a ello se ligue el adjetivo del Narco Gobierno.
La información cuando se pide es por oportunidad y necesidad de ella. Claro es, que no se solicita información confidencial o que tenga la categoría de Secreto de Estado. Es por puro interés público.
El derecho y la libertad de información hoy forma parte de los Derechos Humanos. Tiene que ver con la libertad de buscar, escudriñar, sin estar sujeta la persona a censuras previas o de cualquier naturaleza, resultado de los actos, de los funcionarios a quienes se le solicita la información. De allí el derecho de recibir la información solicitada, sea oralmente, de manera escrita o por medios electrónicos o digitales de información.
La Libertad de Información hay que entenderla como una extensión de la Libertad de expresión y de la Libertad de pensamiento, reconocidas internacionalmente por Tratados ratificados por Costa Rica. La información que se dé, debe ser veraz, oficial y completa.
En el ámbito de la Libertad de Prensa, como se entiende hoy, la Libertad de Información es también una extensión que la garantiza, la consolida y la fortalece. Se le considera hoy fundamento de la democracia y del Estado de Derecho, justamente los valores que el actual gobernante cuestiona constantemente, queriendo gobernar sin control alguno de su gestión.
Para el inquilino de Zapote la libertad de información altera su ejercicio gubernativo que lo quiere mantener fuera de todos los focos de la transparencia institucional y de control administrativo constitucional.
La Libertad, la Libertad de opinión, la Libertad de expresión, la Libertad de circulación, la Libertad de pensamiento, la Libertad de consciencia, entre otras, son esenciales para la dignidad humana.
En términos cotidianos el Derecho a la Información y la Libertad de Información, ayudan y contribuyen a tener un mejor panorama, una mejor visión, del escenario o mapa político, y de la Política, como el lugar de encuentro de todas las fuerzas políticas y sociales. Estas libertades son a su vez claves para el ejercicio de las otras libertades y derechos democráticos de los ciudadanos.
Parte importante de la transparencia pública, que tiene que ver la Libertad de Información y la de Prensa, es la obligación que ha establecido la Sala Constitucional de la República, de que todas las sesiones de los órganos colegiados deben ser públicas. Esto ayuda a entender, percibir y conocer cómo se toman las decisiones, cómo se administran los recursos públicos, cuáles son las formas de las acciones de las instituciones públicas que resultan de esos acuerdos, permite conocer cómo actúan los miembros de esos órganos colegiados y cómo asumen sus responsabilidades de los acuerdos y políticas que establezcan.
La transparencia y la libertad de información contribuye a empoderar, a darle poder, a los ciudadanos en la lucha contra la corrupción, en su lucha contra la presencia de las organizaciones narco criminales en las estructuras de Estado y del Gobierno, y a fortalecer la gobernanza, para una mejor forma de administrar el Gobierno.
La Libertad de Información es también un instrumento para enfrentar a los políticos, como actores directos más proclives a desinformar, a mentir, como ha sostenido la diputada Pilar Cisneros, que ella les ha ayudado y asesorado a los ministros a no dar la información correcta.
La Libertad de Información es el camino directo contra la mentira constante, también directa de los políticos. La Libertad de Información ayuda a fortalecer la credibilidad pública, la soberanía popular y la acción directa de los ciudadanos, como forma de participación ciudadana activa.
La Libertad de Información enfrenta en la realidad a quienes hacen de la Desinformación su arma más poderosa contra la democracia, el sistema democrático, las instituciones y poderes públicos, contra la Política y los políticos en general, contra los medios de comunicación y de prensa en general, contra los que quieren desequilibrar el sistema en búsqueda de gobiernos autoritarios, despóticos, autoritarios o tiránicos, irrespetuosos de las leyes y de la Constitución Política, contra la confianza pública.
¡Bienvenida la nueva Ley Marco de Acceso a la Información Pública!
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