Jorge Granados, gerente de Infraestructura y Tecnología de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), aseguró que el reglamento que impulsa el Ministerio de Salud sobre la construcción de hospitales es “sumamente riesgoso”.
Dicho reglamento se encontraba en consulta pública hasta este miércoles y, mediante ese mecanismo, Granados cuestionó el hecho de que Salud pretenda ser la entidad encargada de definir y autorizar las ubicaciones donde se pueden construir hospitales. Según el funcionario, esto implicaría “dejar de lado los criterios técnicos y los abordajes en ingeniería que pueda realizar la CCSS ante cada caso en particular”.
Granados hizo múltiples observaciones sobre la normativa que indica como imperativo “establecer un marco reglamentario que defina requisitos técnicos” sobre construcción de hospitales.
Al respecto, el gerente recordó al Ministerio de Salud que ya existen normativas que regulan la construcción y recomendó incluir un reconocimiento al marco legal vigente para evitar discrepancias entre el reglamento y las leyes existentes. Entre ellas mencionó:
Ley de Construcciones
Ley de Prevención y Atención de Desastres
Ley General de Salud
Ley del Ambiente
Ley del Cuerpo de Bomberos del Instituto Nacional de Seguros
Reglamento General de Seguridad Humana y Protección contra Incendios
Código Sísmico de Costa Rica
Código de Trabajo
El artículo 4 del reglamento establece que, para construir un nuevo hospital, se deberá contar con un permiso de ubicación, además de los trámites y la revisión de planos constructivos, todos aprobados por el Ministerio de Salud.
Ante esto, Granados recomendó definir qué se entiende por “hospital nuevo”, ya que el reglamento no deja claro cómo proceder en casos de ampliaciones o desarrollos en terrenos donde ya existan hospitales, como constantemente lo hace la CCSS.
Se corre el riesgo de que, al no concederse el permiso por parte del Ministerio, se generen afectaciones a los servicios públicos de salud y eventuales daños económicos a las entidades, al no poder desarrollarse una obra en un terreno que ya fue identificado técnicamente como idóneo para el desarrollo de un centro hospitalario.
Además, en la norma propuesta no se considera que, para la construcción de un hospital público, se debe acudir a los mecanismos de contratación pública, detalló Granados.
El reglamento también indica que se debe solicitar un permiso de ubicación, pero, según Granados, esto causará una paralización en los proyectos de nuevos hospitales. “Si no se tiene el permiso de ubicación, el proyecto pierde viabilidad y nadie va a hacer una inversión para comprar un terreno y desarrollar un proyecto sin esa viabilidad”, aseguró.
Para obtener el permiso de ubicación, el Ministerio de Salud exige la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena); sin embargo, el gerente explicó que esto no es viable, ya que para obtener dicha viabilidad es indispensable contar con la identificación del terreno y un avance significativo en el diseño de la obra.
Asimismo, Granados señaló que, aunque el reglamento define criterios sobre amenazas como inundaciones o fallas del terreno, omite otros riesgos naturales como actividad volcánica, aludes torrenciales y maremotos.
El reglamento también establece la conformación de un grupo de Índice de Seguridad Hospitalaria (ISH), en el que debe participar un representante de la Cámara de Salud y del Hospital del Trauma del INS. Esto fue cuestionado por Granados, quien consideró que “sería más provechoso que se incluyera al Cuerpo de Bomberos de Costa Rica”.
No resulta recomendable que una Cámara que representa intereses privados de empresas que venden servicios médicos, implementos médicos, equipamiento médico, insumos médicos, servicios de construcción, diseño u otros productos específicos participe en la toma de decisiones para la habilitación de un centro hospitalario. Esto podría generar un potencial conflicto de intereses, más aún considerando que ya existen instancias públicas encargadas de verificar el cumplimiento de la normativa técnica para la ejecución de obras de construcción, aseveró Granados.
El Ministerio de Salud sometió a consulta pública este reglamento el jueves 13 de febrero. Entre sus disposiciones, prohíbe la construcción de hospitales en zonas donde se hayan registrado inundaciones en los últimos 100 años.
El Reglamento para la Seguridad Hospitalaria pretende establecer normas y directrices sobre la ubicación de los centros hospitalarios y aplicaría a todos los hospitales públicos, privados o mixtos, ya sean nuevos o existentes.
Asimismo, el reglamento emite directrices sobre el manejo de aguas residuales, desechos, vías de acceso, rutas de evacuación, alturas mínimas, entre otros aspectos. En caso de aprobarse tal y como está, todos los hospitales, tanto nuevos como existentes, deberán someterse a una evaluación inicial de seguridad y, según los resultados, se emitirá un plan de mejora.
Una vez que el reglamento sea publicado en La Gaceta, entrará en vigor en un plazo de 6 meses.
Source
Ambar Segura