Condenan a Migración por tardar hasta 5 meses tramitando solicitudes para menores de edad

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La Sala Constitucional condenó al Estado y le ordenó a la Dirección General de Migración y Extranjería, que en un plazo de 2 meses resuelva dos solicitudes migratorias de dos menores de edad, que tenía sin resolver desde mayo de este año.
El 8 de abril y 28 de mayo de 2024, una persona extranjera pidió cambiar de categoría migratoria a dos menores de edad de origen oriental.
La petición era que uno obtuviera la residencia temporal en lugar de la categoría especial de estudiante, mientras que el otro consiguiera la residencia temporal dependiente de representante. Sin embargo, hasta inicios de octubre no había recibido respuesta.
El 25 de setiembre de 2024, esta persona envió una nota a la Gestora de Extranjería en la que solicitaba que se resuelva el caso. No obstante, el 27 de setiembre de 2024, se le denegó su solicitud y se le indicó que debía seguir esperando.
Por eso se interpuso el recurso de amparo. La Sala verificó que por la tardanza en el trámite, existió una lesión a los derechos fundamentales de los menores de edad amparados, al transcurrir más de 4 y 5 meses sin emitirse resolución alguna, plazo que el alto Tribunal consideró excesivo y desproporcionado.
Finalmente, los magistrados declararon con lugar el recurso, ordenando a la directora general y jefa de la Unidad de Personas Menores de Edad de Migración, a resolver la petitoria en los próximos 2 meses.
Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados.

Source
José Adelio Murillo

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