Diputados detienen votación final de proyecto para entrega de ROP por enfermedades graves

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La tarde de este martes, 38 diputados decidieron posponer la votación en segundo y último debate del proyecto de ley que pretende permitir la entrega de los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) en caso de enfermedades graves, calificadas como tales por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Esta iniciativa se aprobó en primer debate el pasado jueves 27 de febrero; sin embargo, este martes, los legisladores decidieron posponer su última votación para hacer ajustes a la iniciativa de ley.
Los congresistas acordaron modificar el texto antes del trámite final con el objetivo de simplificar el proceso de retiro de estos recursos. Además, se pretende dejar claro que una tercera persona podrá realizar el trámite en caso de que el titular enfermo no pueda hacerlo.
Una vez incorporados estos ajustes, el plan será sometido nuevamente a votación.
La iniciativa, propuesta en 2020 por el exdiputado del Frente Amplio (FA) José María Villalta, plantea una reforma al artículo 22 de la Ley de Protección al Trabajador para permitir la entrega de los ahorros del trabajador en caso de enfermedades graves.
Actualmente, la ley indica que el ROP se puede entregar en su totalidad solo en caso de enfermedad terminal del trabajador.
Con la reforma propuesta, el artículo se leería de la siguiente manera:
“Podrán optar por el retiro en un plazo de hasta 60 meses o por el retiro total de los recursos los afiliados y pensionados que tengan alguna de las siguientes condiciones y cumplan con los requisitos establecidos:
Enfrenten una enfermedad terminal, debidamente calificada por la CCSS.Enfrenten una condición grave de salud debido a una enfermedad o accidente que les genere alteraciones significativas en su estado de salud, los ponga en alto riesgo de muerte y cuyo tratamiento, según la medicina basada en evidencia, tenga escasas posibilidades razonables de prolongar su vida, debidamente calificada por la CCSS.“La determinación de la condición de enfermedad grave o terminal deberá ser realizada por el médico tratante de la CCSS, salvo que dicha entidad emita un reglamento para definir, en lo sucesivo, quiénes son los médicos autorizados para emitir el certificado”, indica el texto dictaminado.

Source
Carlos Mora

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