Polémica por tala en El Tirol: juez sostiene que cipreses no benefician a la fauna | NCR Noticias


Decisión judicial y justificación del fallo

El juez agrario del I Circuito Judicial de Alajuela, Edgar Calvo Solano, defendió su decisión de autorizar la tala de 65 cipreses en El Tirol, San Rafael de Heredia, argumentando que estos árboles no representan un beneficio ecológico significativo. Según su criterio, al estar ubicados en una zona urbanizada, no proveen alimento ni refugio a la fauna silvestre del área.

“La corta no afectaría el sistema ecológico, ya que los árboles no ofrecen alimento a los animales ni sirven como refugio para las aves”, afirmó el magistrado.

La controversia en torno a esta medida ha aumentado con la circulación de imágenes que muestran la muerte de especies como perezosos y un mono cariblanco, lo que ha generado preocupación entre ciudadanos y ambientalistas.

Análisis del proceso y ausencia de estudios adicionales

El juez Calvo basó su resolución en un análisis visual realizado en 2021 por dos ingenieros del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae). La evaluación fue solicitada por una residente extranjera de la Residencial El Monte, quien argumentó que los árboles representaban un riesgo para su propiedad.

Calvo justificó la falta de estudios adicionales señalando que se trató de un proceso sumario, es decir, un procedimiento legal que busca una resolución rápida con la mínima cantidad de pruebas requeridas.

No obstante, el artículo 139 de la Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos sugiere que, de ser necesario, se deben realizar pruebas de laboratorio y actas de inspección ocular. A pesar de contar con la potestad para solicitar una evaluación más detallada, el juez optó por no hacerlo.

Confusión en la interpretación legal

Calvo también argumentó que la municipalidad tenía la capacidad de cortar los árboles sin necesidad de un proceso judicial, amparándose en un dictamen de la Procuraduría General de la República de abril de 2022, el cual permite la eliminación de árboles ubicados en calles públicas municipales.

Sin embargo, un documento oficial del 4 de mayo de ese año establece los lineamientos precisos sobre estas acciones, lo que ha generado dudas sobre la correcta interpretación de la norma.

Ante esta situación, Walter Brenes, abogado ambientalista, afirmó que el fallo no consideró que los cipreses forman parte de un paisaje protegido, lo que los hace inmodificables según la legislación ambiental vigente.

El artículo 89 de la Constitución Política respalda esta posición, ya que estipula que uno de los fines culturales de la República es “proteger las bellezas naturales y conservar el patrimonio histórico y artístico de la Nación”.

El origen y propósito de los cipreses en la zona

Estos árboles fueron plantados hace casi un siglo con el propósito de bloquear los fuertes vientos característicos de San Rafael de Heredia, los cuales representaban un problema para los residentes de la zona.

Con el paso de los años, han alcanzado una altura promedio de 35 metros, lo que ha sido utilizado como argumento para solicitar su tala bajo la premisa de que podrían caer debido a las ráfagas de viento.

“Nunca se les dio un manejo adecuado con podas regulares, y al estar sobre un talud, existe una alta probabilidad de que colapsen”, explicó el juez.

No obstante, sectores ambientalistas advierten que la eliminación de estos árboles alterará aún más el ecosistema local, el cual ya ha sido impactado por el crecimiento urbano en El Tirol.

El futuro de la zona tras la tala

El juez Calvo también mencionó que, según la Ley de Movilidad Peatonal, el área donde se encuentran los cipreses debería ser destinada a la construcción de aceras.

Aunque no profundizó en la posible afectación ambiental de la tala, reiteró que el ecosistema ya ha sido alterado por la urbanización y que las viviendas cercanas han sustituido la vegetación por césped artificial.

A pesar de la decisión judicial, la polémica continúa y algunos sectores están considerando nuevas acciones legales para detener la tala o exigir medidas compensatorias.


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