¿Qué cambiará con la declaratoria de obesidad como enfermedad?

Recientemente, se declaró a obesidad como enfermedad crónica y junto a esto se oficializó la “Norma Nacional para la Atención del Sobrepeso y Obesidad”, con la que pretenden cambiar el abordaje que se le da en los centros de salud, en diferentes plazos.
Primeramente, los servicios de salud públicos y privados tienen 1 año para elaborar un instrumento con las acciones para atender el sobrepeso y la obesidad, en 2 años deberá haber disponibilidad de ciertos medicamentos y 5 años deben contar con el recurso humano necesario para implementar la norma.
Para prevenir el sobrepeso y la obesidad se debe promover la alimentación saludable, consumo moderado de sodio, no consumo de alcohol y tabaco, no vapeo, buenos hábitos del sueño, equilibrio de la microbiota, la salud mental y realización de actividad física.
Con el fin de lograr atender de manera correcta a los pacientes, será importante contar con un diagnóstico, por lo que aquellos adultos que tengan un Índice de Masa Corporal (IMC) mayor o igual a 25 serán diagnosticados con sobrepeso y en adultos mayores se dará si el IMC está entre 28 y 29,9.
Con respecto a la obesidad se diagnosticará en adultos de 20 a 64 años, con respecto al IMC de la siguiente manera:

Grado I: Entre 30,0 y 34,9
Grado II: Entre 35,0 y 39,9
Grado III: Mayor o igual a 40

Los adultos mayores serán diagnosticados con obesidad cuando el IMC se coloque por encima de 30.

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Al diagnosticar a una persona, el abordaje deberá estar enfocado en diferentes aspectos. Mediante estrategias se deberán establecer objetivos de salud que sean realistas y alcanzables, se promoverá la pérdida de grasa y no la de peso.
Además, a estas personas se les deberá brindar un tratamiento integral con profesionales en medicina general y especializada, nutrición, psicología, enfermería, educadores físicos, terapia física, terapia respiratoria, entre otros. De igual manera, se debe establecer un programa integral de mantenimiento de la pérdida de peso a largo plazo.
Para el tratamiento se podrán utilizar fármacos, pero solamente los que cuentan con sustento técnico. Al recetarlos, el equipo debe dar seguimiento y monitoreo al paciente. “Es importante que en este proceso se pueda detectar trastornos del estado de ánimo, depresión e ideación suicida, secundario a este tratamiento”, detalla la norma.
Otra opción es el tratamiento quirúrgico, mediante la cirugía bariátrica. Para esta serán consideradas las personas con un IMC por encima de 40. Si el IMC está entre 35 y 39,9 se considerará si hay enfermedad metabólica y no se logra perder peso, y en caso de que el IMC esté por encima de 30 se toma en cuenta si hay diabetes tipo 2.
Para el abordaje nutricional se creará un plan de alimentación personalizado que evite las dietas muy restrictivas, desequilibrada y enfocadas en el conteo de calorías, para así promover una relación saludable con los alimentos.
Con respecto a la actividad física y el ejercicio se deberá brindar un plan con actividades y recomendaciones que fomente realizar entre 45 y 60 minutos de 5 a 7 días de la semana.
Finalmente, las personas diagnosticadas podrán contar con abordaje psicológico y quienes tengan secuelas de obesidad tendrán un plan de atención individualizado para la rehabilitación.
Sobre este tema, también se implementaron una serie de prohibiciones para el tratamiento. Algunas de estas son:

Que personal técnico o auxiliar de la salud o cualquier otro profesional no facultado para ello, prescriba tratamientos de cualquier tipo para bajar o perder peso.
Prescribir o utilizar: diuréticos, hormonas tiroideas, anorexígenos, vacunas, extractos tiroideos, inyecciones de enzimas, aminoácidos lipolíticos y otros productos similares.
Indicar tratamientos y productos que no tengan sustento científico, que provoquen pérdida de peso acelerado, más de un kilogramo por semana y que pongan en peligro la salud o la vida de las personas.
Promocionar o indicar como opción de tratamiento equipos que no hayan demostrado su eficacia terapéutica, tales como masajes o saunas.
Realizar tratamiento exclusivamente quirúrgico.
Usar la liposucción y la lipoescultura como tratamientos para el sobrepeso y la obesidad.

Mary Munive, ministra de Salud, comentó que con la norma pretenden definir las pautas sobre como abordar el sobrepreso y la obesidad.
Con equipos multidisciplinarios, con estrategias hasta quirúrgicas perfectamente, pero lo más importante es tener los insumos para responder ante problemáticas.
Las balanzas que se utilizan para personas que pesan más de 150-160 kilos a veces no se obtienen en todos los lugares y deberíamos tener esas posibilidades, porque es un control que se tiene que llevar adecuadamente.
Hay transitorios un poquito largos, pero es por qué porque requerimos no solamente contratar personal, sino también tener todos los insumos para responder, pero lo más importante es ajustar los lineamientos técnicos a esta nueva estrategia, comentó.
Obesidad en el país
Para el Ministerio de Salud, en Costa Rica el sobrepeso y la obesidad con un problema de salud pública. En los niños menores a 5 años hay una prevalencia del sobrepeso de 7,4% y de 2,3% de obesidad. En menores entre 6 y 12 hay un 20% de sobrepeso y un 14% de obesidad.
En el caso de la población adolescente, existe un 30,9% de prevalencia de sobrepeso y la obesidad es de  31.5% en la zona urbana y 29,2% en la rural. Los adultos también se enfrentan a esta problemática, la prevalencia de sobrepreso y obesidad es de  39,5% y de 31,2%.
Los números aumentan en los adultos mayores, donde se registra un sobrepeso del 48,7%.

Source
Ambar Segura

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