{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
Luis Cubillo, el abogado defensor de Dennis Iván Cabrera Espinoza conocido como “Manzanita” confirmó que analizarán las próximas semanas la apelación de la sentencia contra su cliente, condenado este jueves a 40 años de cárcel por liderar una banda de narcotráfico que operaba en León XIII, Tibás.
El jurista aseguró que le tomó por sorpresa la sentencia contra Cabrera y esperarán al próximo 19 de diciembre, cuando el Tribunal Penal remita el fallo completo, para analizarlo y empezar a trabajar en un recurso contra las penas y comisos de bienes.
De entrada no es que no se descarta, es que evidentemente teniendo la sentencia en mano trabajaremos en la apelación, desde ya les puede adelantar que vamos a presentar recursos de apelación conforme en derecho corresponda.
Realmente le decía a mis colegas de la defensa que no encuentro palabras para entender muchísimas circunstancias que se dieron.
Imagínense que están imponiendo la pena máxima en ambos delitos y el Ministerio Público ni siquiera fundamentó el porqué solicitar esa pena máxima.
Entonces, hay un montón de cosas que el día de hoy no tenemos respuesta, no la tenemos y la vamos a tener hasta que tengamos la sentencia integral.
Lo único que sí le puedo decir es que nos sorprende muchísimo primero la condenatoria, por todo lo que se ha manejado en el debate y nos sorprende todavía más la pena tan tan elevada.
En total, la agrupación criminal, compuesta principalmente por allegados y familiares de “Manzanita”, fue penalizada con 262 años de cárcel por los delitos de tráfico de drogas y legitimación de capitales.
Fueron 12 de los 13 acusados que recibieron una condena, de entre 10 hasta 40 años de prisión. Solo una mujer fue absuelta por completo de los delitos que se la acusaban y quedó inmediato en libertad. A otro sujeto más lo absolvieron por lavado de dinero, pero lo condenaron por narcotráfico.
El fiscal general de la República, Carlo Díaz, acudió a escuchar la lectura de la sentencia y destacó el alto castigo impuesto contra la estructura criminal, arraigada principalmente en el cantón de Tibás.
“Para nosotros es un triunfo haber obtenido los resultados que estábamos esperando. Cuando se obtienen este tipo de condenas donde por lo menos al líder le imponen las penas máximas, da cuenta que la investigación fue bien llevada por el Ministerio Público y que teníamos razón en nuestros argumentos”, indicó Díaz.
{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
Sin lugar
El Tribunal también declaró sin lugar los recursos de actividad procesal defectuosa presentados por los abogados Luis Cubillo y Francisco Mena, que refutaban parte del actuar del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el Ministerio Público en torno a la investigación.
Uno de estos recursos refutaba los allanamientos ocurridos hace 4 años, debido a que se alegó que un grupo de policías con línea de mando directa al presidente de la República participaron de forma irregular.
En aquel momento, participaron oficiales miembros de la Unidad Especial de Intervención (UEI) de dicho Ministerio, un cuerpo especializado en operativos de alto riesgo contra el terrorismo y el narcotráfico, según lo establece la Ley General de Policía (N.º 7.410) en el capítulo II.
De acuerdo con dicha norma, es el presidente de la República quien debe autorizar de forma previa y expresamente, la participación de los miembros de la Unidad Especial de Intervención en cualquier operativo (Artículo 20 de Ley 7.410).
Sin embargo, según el abogado defensor de “Manzanita”, en ningún documento del expediente consta el visto bueno del presidente de la República para que los agentes intervinieran en los allanamientos en su contra.
{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
{{slide.text | html}}
Sobre este apartado, el Tribunal indicó que no era relevante si los agentes de la UEI no firmaron el acta de participación allanamiento y por ende rechazaron la petición, que fue nuevamente refutada por el Cubillo.
Es un asunto técnico que habrá que ver por dónde, porque de la explicación que dio hoy el tribunal de por qué rechaza la actividad procesal defectuosa de la participación de la UEI a mí no me deja claro por qué está rechazando. Más bien, pareciera que están acogiendo la argumentación que yo establecí en las conclusiones, que la están apoyando, Pero nuevamente esperemos a la sentencia integral para ver que quedó nos dice.
Este jueves hubo un fuerte despliegue de seguridad: poco más de 50 oficiales del Departamento de Seguridad y agentes de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), debieron custodiar hoy la sala de juicio #1 de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada (JEDO), donde se leyó la sentencia en contra de la banda.
Source
José Adelio Murillo